Tus derechos en el trabajo
Qué te corresponde desde el primer día: registración, período de prueba, horarios, horas extra, licencias y ART.
Revisamos esta guía todos los meses, porque los trámites y los montos cambian seguido. Próxima revisión: noviembre de 2026. Antes de hacer un trámite, confirmá los datos en la fuente oficial.
Estar registrado (en blanco)
Desde el primer día, tu empleador te tiene que registrar. Eso te da obra social, aportes para la jubilación, ART y recibo de sueldo.
Señales de que estás registrado
0/4El período de prueba
Los primeros 6 meses de un trabajo por tiempo indeterminado son de prueba. En algunas empresas chicas, el convenio puede extenderlo.
- Durante ese tiempo, cualquiera de las dos partes puede terminar la relación sin indemnización.
- Igual tenés que estar registrado desde el primer día, con todos los aportes.
- Si te despiden, te tienen que pagar lo trabajado, el aguinaldo y las vacaciones proporcionales.
Horarios y horas extra
- La jornada máxima general es de 8 horas por día o 48 por semana. Tu convenio puede tener otras reglas.
- Entre una jornada y la siguiente tenés que tener al menos 12 horas de descanso.
- Las horas extra se pagan con recargo: en general, un 50% más los días comunes y un 100% más los sábados después de las 13, domingos y feriados.
Licencias
- Por enfermedad: si te enfermás, cobrás igual. Avisá a tu empleador lo antes posible y presentá el certificado médico, que tiene que indicar diagnóstico, tratamiento y días de reposo.
- Por examen: si estudiás en la secundaria, terciario o universidad, tenés días pagos para rendir.
- Especiales: por casamiento, nacimiento de un hijo o fallecimiento de un familiar.
Si tenés un accidente
Si te lastimás trabajando, o en el camino de tu casa al trabajo (o al revés), te cubre la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo). La atención médica y los días que no trabajes corren por su cuenta.
Tu sueldo
- Te tienen que pagar en una cuenta sueldo a tu nombre, gratuita.
- Con el pago, te tienen que dar el recibo de sueldo.
- Te corresponde aguinaldo y vacaciones pagas.
- Revisá tu recibo con nuestra guía Tu recibo de sueldo explicado.